La Casa de la Vida en la Concepción Judaíca
La tradición judía aprecia la vida. La Torá
fue entregada a Israel para que “vosotros viváis”
por sus enseñazas y no para “qué muráis por ellas”.
La muerte no posee ninguna virtud ya que “No son los muertos lo que
alabarán al Señor…” (Salmos 115:117)
Sin embargo, la tradición judía fue realista
respecto a la muerte.
“Ya que polvo eres y al polvo volverás” (Génesis
3:19)
“Y el espíritu retorne al D-s que lo dio” (Eclesiastés
12:7)
“El fin del hombre es la muerte”, dice Rabí Yonatán
(Berajot 17ª)
Dicho simplemente todos debemos de morir.
En sí, la muerte no es una tragedia. Lo que denominamos
una “muerte trágica” está determinada por
la naturaleza prematura de la muerte, o por las circunstancias desafortunadas
que la rodearon. Cuando una muerte pacífica sigue a una larga vida bendecida
con buena salud y vitalidad des espíritu y del cuerpo, una vida rica
en buenas obras, la muerte no puede considerarse como trágica –
a pesar de lo inmenso de la pérdida y del pesar que ella produzca. “Bendito
es aquel que ha sido criado en la Torá y cuyas acciones están
basadas en la Torá, y que actúa de manera de agraciar a su Creador,
que creció con un buen nombre y partió con un buen nombre”.
Al respecto, Salomón dijo: “Mejor es el buen nombre que el
buen ungüento; y mejor el día de la muerte que el día del
nacimiento” (Eclesiatés 7:1) (Berajot 17ª)
El mundo en que vivimos es considerado como un pasillo que
conduce a otro mundo.
La creencia en otra vida, en el mundo por venir (Olam Haba)
donde el hombre es juzgado y donde su alma continúa floreciendo, está
arraigada en el pensamiento hebreo. “Todo Israel tiene participación
en el mundo por venir” (Mishná Sanhedrín 11:1)
Las leyes y prácticas religiosas judías que se
refieren a la muerte y al duelo, se basan en dos principios fundamentales:
*El honor y el respeto debido, incluso a un
ser humano sin vida (kibud hamet)
*La preocupación por el auxilio mental, emocional y
espiritual a las personas en duelo y la necesidad de consolarles (ni jum avelim)
El entierro debe realizarse lo más pronto posible después
de acaecida la muerte.
Dilatar el entierro más allá de las veinticuatro
horas está permitido solamente para el honor del muerto, en casos tales
como la espera de la llegada de parientes próximos procedentes de lugares
lejanos, o si se trata de un Shabat o una festividad. (Tosefta Sanhedrín
46)
Períodos de duelo
La ley judía considera tres períodos sucesivos
de duelo después del entierro, cada uno de los cuales es observado progresivamente
con menor intensidad. El primer período se denomina “Shivá”,
que significa “siete” y se refiere al período de duelo severo
de siete días que sigue al entierro.
El segundo período se denomina “Shloshim”,
que significa “treinta” y se refiere al período que se extiende
desde el fin de la “Shivá” hasta el trigésimo día
después del entierro.
El tercer período, que es observado se conoce como avelut
(duelo). Concluye al fin de doce meses (hebreos) después del día
de fallecimiento. Los hijos deben recitar diariamente el Kadish durante once
meses.
Un hijo tiene el deber de recitar la plegaria de Kadish en
los servicios religiosos diarios a partir de entierro y por un período
de once meses.
Para recitar el Kadish se requiere un “Minyan”,
un quórum de adultos judíos varones. No se dice Kadish cuando
se reza solo.
El Kadish se recita de pie, en posición de atención
y respecto. Técnicamente el Kadish no es una plegaria por el muerto.
Existen plegarias especiales para los muertos tales como “El Malé
Rajaim” e “Izkor”, pero el Kadish no pertenece a esta categoría.
No hace ninguna referencia al muerto o al duelo. Es una doxología, una
oración de alabanza a D-s. Es una declaración de profunda fe en
la grandeza exaltada del Todopoderoso y un pedido de redención y salvación
final.
La palabra Kadish significa “Santo” y es similar
a la palabra Kidush, que es la oración de santificación para el
Shabat y las festividades.
Erección de una lápida
Es una antigua costumbre entre los judíos, que se remonta
a la época de los Patriarcas, la de erigir una lápida a la cabecera
de la tumba, como un acto de reverencia y respeto a la persona fallecida, de
modo que no sea olvidad y que su lugar de descanso definitivo no sea profanado.
Es importante distinguir entre el requisito de erigir una lápida
y el descubrimiento de la lápida acompañado por un servicio y
un ritual especial. El servicio de descubrimiento no tiene ningún fundamento
en la ley judía o en las exigencias de la “halajá”
y constituye una innovación contemporánea. Aunque ese servicio
proporciona una ocasión para rendir un tributo adicional, ninguna familia
debe sentirse obligada desde el punto de vista religioso a realizar un servicio
formal de descubrimiento de una lápida. Es suficiente erigir una lápida
adecuada y visitar la tumba en forma privada.
Costumbres:
Al visitarse un cementerio deben observarse las siguientes
costumbres:
*Concurrir con la cabeza cubierta.
*La costumbre de lavarse las manos al salir
del cementerio, según la Cábala, es para purificación,
y no secarlas en esta ocasión, implica no olvidar inmediatamente a los
fallecidos.
*Colocar una pequeña piedra encima
del monumento, es una señal de que la tumba ha sido visitada.